Guatemala | La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sometió el 17 de septiembre de 2026 ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos el caso de 14 comunidades indígenas Maya Q’eqchi’. La acción busca declarar la responsabilidad internacional del Estado guatemalteco por desalojos forzados, muertes, detenciones arbitrarias y despojo de territorios ancestrales en el Valle del Polochic, hechos que se remontan a 2011.
La petición original fue presentada ante la CIDH el 31 de marzo de 2011 y registrada como el caso N.º 13.159. Según la Comisión, el reclamo se originó después de que el Estado otorgara la titularidad de fincas en el Valle del Polochic a la empresa Chabil Utzaj S.A. para el cultivo de caña de azúcar, sin una consulta previa, libre e informada a las comunidades. Esta decisión llevó a la pérdida de sus plantaciones tradicionales de maíz, arroz y frijol.

Los desalojos de 2011, que involucraron a autoridades estatales y agentes privados, resultaron en la muerte de Beb Ac y Óscar Reyes, y dejaron heridos a Miguel Chub Cucul, Marcelino Ical Chub y Arnoldo Caal Rax. También se reportaron detenciones arbitrarias, incendios de viviendas y destrucción de cosechas, lo que provocó el desplazamiento de las familias de las fincas que reclamaban como parte de su territorio ancestral.
Las comunidades interpusieron dos acciones constitucionales de amparo el 18 de marzo de 2011 para detener las demoliciones. Una de ellas fue rechazada, mientras que la otra obtuvo una orden provisional del Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal de Alta Verapaz para suspender la destrucción de siembras y casas. Sin embargo, el juzgado no supervisó el cumplimiento de esta medida y la acción fue finalmente rechazada, lo que la CIDH considera una falta de protección judicial.

La violencia continuó el 25 de mayo de 2013, con un nuevo desalojo extrajudicial en la comunidad El Rodeo, atribuido a la empresa. Ese mismo día, empleados intentaron desplazar a unas 95 familias de la finca Río Polochic, en Panzós, donde cinco campesinos, incluyendo dos menores de edad, resultaron heridos por disparos y fueron trasladados al Hospital Nacional de La Tinta. Estos eventos agudizaron el desplazamiento de las familias Q’eqchi’.
El Informe de Admisibilidad y Fondo N.º 111/24 de la CIDH concluyó que no hay controversia sobre la ocupación histórica de las 14 comunidades en la región. No obstante, el Estado nunca delimitó, demarcó ni tituló los territorios a favor de sus habitantes. La Comisión sostiene que la posesión ancestral es suficiente para acreditar la propiedad colectiva, conforme a la jurisprudencia interamericana. Además, Guatemala no realizó estudios de impacto ambiental y social antes de autorizar el monocultivo de caña de azúcar ni garantizó mecanismos adecuados de participación comunitaria. La CIDH también señaló la inexistencia de un censo confiable sobre la población desplazada, con al menos 387 familias supuestamente excluidas de los registros oficiales.

La Comisión también denunció la persistencia de acciones de persecución y campañas de desacreditación contra integrantes del Comité de Unidad Campesina, una organización de defensa de las comunidades. La falta de reconocimiento territorial ha dejado a las familias sin garantías para habitar y trabajar sus tierras pacíficamente, lo que, según el informe de fondo, mantiene la incertidumbre sobre la existencia y preservación de las 14 comunidades.
La CIDH ha solicitado a la Corte Interamericana que declare la responsabilidad internacional de Guatemala por la violación de nueve derechos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos: vida, integridad personal, garantías judiciales, acceso a la información, protección de la niñez, propiedad comunal, derechos políticos, protección judicial y derechos económicos, sociales y culturales. La solicitud se refiere a los artículos 4, 5, 8.1, 13, 19, 21, 22, 23, 25.1 y 26 de la Convención, en relación con los artículos 1.1 y 2 del tratado, y cuestiona la falta de investigación de los actos de violencia.
Entre las reparaciones requeridas se incluyen la delimitación, demarcación y titulación colectiva de los territorios con un título registrable de pleno dominio, garantías para un retorno seguro de las comunidades y una investigación para identificar y sancionar a los responsables de las muertes y lesiones. La Comisión también pidió medidas para impedir que proyectos legislativos, administrativos o empresariales que afecten a estas comunidades avancen sin cumplir los estándares de consulta y consentimiento previo, y un marco legal que armonice el derecho de consulta con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. La Corte Interamericana deberá ahora determinar si Guatemala incurrió en responsabilidad internacional por estos hechos.
Fuente: Infobae
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