Perú | El Poder Judicial ha ordenado que Alfonso López Chau, senador de Ahora Nación, sea sometido a juicio oral por acusaciones de corrupción durante su periodo como rector de la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI). La decisión fue emitida por el Vigésimo Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado de Lima, que dictó el auto de enjuiciamiento.
El expediente será remitido al Juzgado Penal Unipersonal de Corrupción de Funcionarios para que se establezca la fecha de inicio del juzgamiento contra López Chau. Aunque el senador apeló el auto de enjuiciamiento, la Corte Suprema ha determinado que esta impugnación no impide que el tribunal de juzgamiento convoque al juicio oral.
El caso se centra en la designación de Sonia Anapan Ulloa como secretaria general de la UNI en diciembre de 2021, mediante la resolución rectoral 1534. La fiscal provincial Norah Córdova acusa a López Chau de haber concertado con Anapan Ulloa para su nombramiento, sin la aprobación del Consejo Universitario, lo cual, según la fiscalía, contraviene el estatuto de la universidad que establece que el secretario general es nombrado por el Consejo a propuesta del rector.

Además, el Ministerio Público señala que Sonia Anapan no cumplía con los requisitos para el cargo, que incluyen ser docente, tener experiencia específica y haber sido jefa de área o departamento durante cinco años. También se cuestiona que Anapan Ulloa mantenía un vínculo laboral con el Sineace al momento de su designación y que, tres meses después, su remuneración se incrementó en un 50%, alcanzando los 13.500 soles mensuales.
La fiscal Norah Córdova ha formulado cargos contra Alfonso López Chau como presunto autor y contra Sonia Anapan Ulloa como presunta cómplice del delito de colusión simple, solicitando una pena de 4 años y 6 meses de prisión y 3 años de inhabilitación para cada uno. De manera alternativa, la fiscal atribuye el delito de negociación incompatible, pidiendo 5 años de prisión y 12 años y 6 meses de inhabilitación para ambos procesados. La Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción ha solicitado una reparación civil de 605.000 soles por daño extrapatrimonial, de forma solidaria entre los acusados.

Durante el proceso penal, la defensa de López Chau presentó recursos de excepción de improcedencia de acción y sobreseimiento para evitar el juicio oral. La excepción de improcedencia de acción fue rechazada en doble instancia, mientras que el sobreseimiento fue desestimado en primera instancia. La defensa argumentó que el rector actuó en cumplimiento de su deber funcional al designar a Anapan ante la renuncia del titular, con una posterior confirmación del Consejo Universitario. Sin embargo, la Sexta Sala Penal de Apelaciones de Lima determinó que ninguna norma otorgaba al rector la competencia para nombrar directamente al secretario general. El Juzgado de Investigación Preparatoria también desestimó el argumento de la defensa sobre la cosa decidida fiscal y el principio de ne bis in idem, al señalar que una disposición fiscal anterior no se pronunció sobre los elementos de colusión ni negociación incompatible.

Fuente: Infobae
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