Abogado suspendido demanda al Colegio de Abogados y reclama indemnización de US$1.000 millones por presuntos daños

El Tribunal Contencioso Administrativo admitió para trámite una demanda presentada por el abogado Frank Paniagua Mendoza contra el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, en la que solicita la nulidad de la sanción disciplinaria que lo mantiene suspendido del ejercicio profesional y reclama una indemnización por daños económicos que cuantifica en mil millones de dólares estadounidenses.

La resolución judicial, dictada el 7 de julio de 2026 por el Juzgado Tramitador del Tribunal Contencioso Administrativo, no resuelve el fondo del conflicto, sino que da inicio formal al proceso judicial y concede al Colegio un plazo de treinta días hábiles para contestar la demanda y aportar el expediente administrativo completo que dio origen a la sanción.

Una suspensión que ahora llega a los tribunales

El origen del litigio se encuentra en el expediente disciplinario número 294-21 del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Según la demanda, la Junta Directiva del Colegio acordó suspender al abogado del ejercicio profesional por aproximadamente 9,6 años mediante un acuerdo adoptado el 8 de octubre de 2024 y, posteriormente, declaró agotada la vía administrativa en noviembre del mismo año.

Con la acción presentada ante la jurisdicción contencioso-administrativa, Paniagua solicita que ambas resoluciones sean declaradas absolutamente nulas e ineficaces.

Los argumentos del demandante

En su demanda, el abogado sostiene que la sanción fue impuesta en violación del principio de legalidad, del debido proceso, del juez natural y de otros derechos fundamentales protegidos por la Constitución Política y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Además, afirma que el propio Colegio había sostenido en resoluciones disciplinarias anteriores que carecía de competencia para sancionar determinadas actuaciones ocurridas durante un período en que el profesional ya se encontraba suspendido, por lo que considera que la decisión ahora impugnada contradice ese criterio institucional.

Estas afirmaciones corresponden exclusivamente a la posición jurídica del demandante y deberán ser analizadas durante el proceso judicial.

Reclamo patrimonial de gran magnitud

Uno de los aspectos más llamativos de la demanda es el monto de la indemnización reclamada.

Paniagua sostiene que la suspensión disciplinaria provocó la rescisión de un contrato de cuota litis mediante el cual representaba intereses relacionados con la recuperación de la hacienda Los Palmares, un inmueble de aproximadamente 590 hectáreas ubicado dentro del Polo Turístico Golfo de Papagayo, en Guanacaste.

Según su versión, ese contrato le otorgaba derecho al cincuenta por ciento de lo eventualmente recuperado en el litigio, por lo que calcula el perjuicio económico en mil millones de dólares estadounidenses.

Como respaldo del reclamo, aporta contratos profesionales, una carta de rescisión del vínculo contractual, un avalúo privado del inmueble y documentación relacionada con otro proceso contencioso-administrativo vinculado a esa propiedad.

La sola presentación de estos documentos no implica que el Tribunal haya reconocido la existencia del daño ni el monto reclamado, aspectos que deberán ser objeto de valoración judicial.

Solicita medidas cautelares

Mientras se resuelve el proceso principal, el demandante también pidió al Tribunal que suspenda inmediatamente los efectos de la sanción disciplinaria para poder volver a ejercer la profesión.

Asimismo, solicita el otorgamiento de una caución económica provisional a cargo del Colegio de Abogados, argumentando que la suspensión lo dejó sin ingresos y afecta su derecho al trabajo y a una subsistencia digna.

En la demanda sostiene que, debido a su edad, su estado de salud y la imposibilidad de ejercer la abogacía desde octubre de 2024, enfrenta una situación de vulnerabilidad económica que justifica la adopción de medidas cautelares mientras se dicta sentencia.

El proceso apenas comienza

La resolución emitida por el Tribunal no constituye un pronunciamiento sobre la legalidad o ilegalidad de la sanción disciplinaria.

Su alcance se limita a admitir la demanda para su tramitación, ordenar el traslado al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, requerir el expediente administrativo completo y abrir la fase contradictoria del proceso.

Será durante el desarrollo del juicio cuando ambas partes presenten sus pruebas y argumentos, tras lo cual el Tribunal deberá determinar si la suspensión disciplinaria fue dictada conforme a derecho y si existe, o no, responsabilidad patrimonial por los daños reclamados por el actor.

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