Consejo de Estado decreta pérdida de investidura de exsenador Iván Name por tráfico de influencias

Colombia | El Consejo de Estado de Colombia ha decretado la pérdida de investidura del exsenador Iván Leonidas Name Vásquez, al concluir que incurrió en tráfico de influencias, una causal prevista en el artículo 183 de la Constitución Política. La decisión fue emitida por la Sala Especial de Decisión 24 de la Sala de lo Contencioso Administrativo.

La determinación surge de un proceso iniciado por Juan Carlos Calderón España, presidente de la Veeduría Nacional Recursos Sagrados en Colombia. La providencia, de primera instancia, examinó los hechos relacionados con la entrega de dinero proveniente de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd) y su presunta conexión con el trámite de reformas impulsadas por el Gobierno nacional en el Congreso.

Durante el periodo legislativo 2023-2024, Name Vásquez ejerció como presidente del Senado. El Consejo de Estado analizó si utilizó su posición para influir en servidores públicos y obtener un beneficio económico vinculado a la actividad legislativa.

La decisión fue adoptada por la Sala Especial de Decisión 24 de Pérdida de Investidura de la Sala de lo Contencioso Administrativo, dentro del proceso promovido por Juan Carlos Calderón España contra el entonces senador – crédito Senado

Una de las pruebas clave consideradas fue la entrega de 3.000 millones de pesos que, según las evidencias valoradas, llegaron a manos de Name. El proceso incluyó testimonios de Sneyder Pinilla, Olmedo López y Sandra Ortiz, así como información de ubicación de teléfonos celulares, chats y documentos de una investigación de la Corte Suprema de Justicia.

Según el fallo, Pinilla declaró que López le ordenó conseguir 4.000 millones de pesos, de los cuales 3.000 millones estaban destinados a Name para "aceitar las reformas del gobierno en el Congreso". La investigación también estableció que el 12 de octubre de 2023, Pinilla entregó 1.500 millones de pesos a Sandra Ortiz, y al día siguiente debía entregarle otros 1.500 millones.

La Sala también tuvo en cuenta la información técnica sobre los desplazamientos de Ortiz y Pinilla, quienes salieron del hotel Tequendama Suites y se dirigieron a un edificio donde Name tenía un apartamento. El Consejo de Estado consideró que la valoración conjunta de las pruebas permite inferir que la entrega del dinero se produjo.

Uno de los principales elementos considerados por el tribunal fue la entrega de $3.000 millones que, de acuerdo con las pruebas analizadas en el expediente, estaban destinados al entonces presidente del Senado y tenían relación con recursos provenientes de la Ungrd – crédito Visuales IA

El fallo señala que el dinero recibido por Name provino inicialmente de un préstamo de Sneyder Pinilla, respaldado con recursos públicos de un traslado presupuestal de 700.000 millones de pesos del Ministerio de Hacienda a la Ungrd. La Sala concluyó que Olmedo López y Sneyder Pinilla usaron el presupuesto de la Ungrd para el pago de la dádiva a Name, configurando así el tráfico de influencias.

Otro aspecto relevante de la sentencia fue el comportamiento de Name durante el trámite de la reforma pensional en el Senado en 2024. El Consejo de Estado revisó 16 sesiones plenarias entre el 28 de febrero y el 23 de abril de ese año. Aunque Name tuvo excusa en dos sesiones, en las otras 14 cedió reiteradamente la conducción de las plenarias a la senadora María José Pizarro, incluso estando presente en el recinto.

La Sala Especial de Decisión 24 concluyó que Name utilizó su condición de presidente del Senado para favorecer el trámite de la reforma pensional a cambio de un beneficio personal, según la valoración de las pruebas incorporadas al proceso – crédito @SenadoGovCo/X

El Consejo de Estado concluyó que Name se relevó de presidir 14 de las 16 sesiones de la reforma pensional "sin sustento legal o fáctico alguno", lo que constituyó un patrón sin justificación constitucional o legal. La corporación afirmó que la presidencia del Senado no es una función protocolaria y conlleva facultades efectivas para conducir las sesiones.

En el análisis subjetivo, la Sala consideró acreditado el dolo de Name, quien, según la sentencia, conocía sus deberes como congresista y presidente del Senado. El fallo sostiene que Name "favoreció el trámite de la reforma pensional a cambio de la obtención de un provecho indebido".

Contra esta sentencia, procede el recurso de apelación ante la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, conforme al artículo 14 de la Ley 1881 de 2018.

El Consejo de Estado resaltó que la Presidencia del Senado no es una función meramente protocolaria, pues otorga facultades efectivas para dirigir las plenarias, ordenar el debate y conducir las votaciones – crédito Colprensa

Fuente: Infobae

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