Costa Rica aprueba ley que castiga minería ilegal con penas de crimen organizado

Costa Rica | La Asamblea Legislativa de Costa Rica aprobó un proyecto de ley que establece que la minería ilegal será tratada como crimen organizado. La iniciativa, que reforma las sanciones para este y otros delitos ambientales, recibió el apoyo unánime de los diputados en segundo debate y ahora espera la firma de la presidenta Laura Fernández para su entrada en vigencia.

El expediente 23.952 introduce modificaciones a diversas leyes con el objetivo de aumentar las penas relacionadas con la afectación de recursos minerales, fauna silvestre, bosques, recursos pesqueros y tortugas marinas. La nueva legislación permitirá que ciertas acciones, como las vinculadas a la minería ilegal en el sector de Crucitas, sean procesadas bajo las condiciones de la Ley contra la Delincuencia Organizada.

El proyecto contempla penas de dos a ocho años de prisión para quienes realicen actividades mineras ilegales en zonas que forman parte del patrimonio natural del Estado, incluyendo parques nacionales y reservas biológicas. La misma sanción se aplicará a quienes comercialicen minerales extraídos ilegalmente en estos espacios. Para la extracción, explotación, procesamiento, almacenamiento, transporte o comercialización de recursos minerales sin autorización fuera de las áreas protegidas, las penas oscilarán entre uno y seis años de prisión.

La Asamblea Legislativa aprobó de forma unánime el proyecto que califica la minería ilegal como crimen organizado, el cual requiere la firma de la presidenta Laura Fernández para su vigencia.

Asimismo, la norma establece condenas de dos a seis años de cárcel para quienes promuevan, financien, administren, organicen, faciliten, dirijan u obtengan beneficios de actividades mineras ilegales sin permiso o concesión. La propuesta fue impulsada por el Frente Amplio y aprobada junto con otra iniciativa que beneficia a trabajadores mineros de cooperativas de Abangares.

La iniciativa también endurece las consecuencias penales para otras conductas ambientales. El comercio, la negociación, el tráfico o el trasiego ilegal de animales silvestres, así como de sus productos o derivados, podrá ser castigado con penas de dos a cuatro años de prisión. Si estos delitos involucran especies reducidas, en peligro de extinción o protegidas, la sanción se incrementará a entre tres y seis años de cárcel. Los delitos contemplados en la Ley Forestal, si son cometidos por dos o más personas, se tramitarán bajo la Ley contra la Delincuencia Organizada, con penas de uno a seis años de prisión. La misma condición aplicará a delitos previstos en la Ley de Pesca con la participación de dos o más personas, con sanciones de hasta seis años de cárcel.

El expediente 23,952 plantea modificaciones legales para elevar las sanciones por afectaciones a recursos minerales, bosques y fauna silvestre en Crucitas.

En cuanto a las tortugas marinas, la muerte, caza, captura, destace, trasiego o comercio ilegal tendrá penas de uno a tres años de prisión. La tenencia con fines comerciales y el comercio de productos o subproductos de estos animales se castigarán con condenas de tres meses a dos años de cárcel. Si estas conductas son cometidas por tres o más personas, la pena será de dos a seis años de prisión. Se mantiene una excepción para la recolección, transporte, distribución y comercialización de huevos de tortuga lora del Refugio Nacional de Vida Silvestre Ostional, siempre que se realice conforme a las regulaciones del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae).

Adicionalmente, se aprobó el expediente 25.775, que establece un régimen transitorio de hasta 24 meses para la explotación y el procesamiento de oro por parte de trabajadores mineros asociados a cooperativas en el cantón de Abangares que tengan solicitudes de concesión en trámite. El Minae, a través de la Dirección de Geología y Minas, deberá resolver estas solicitudes antes de que finalice el plazo transitorio.

La realización de actividades mineras no autorizadas en parques nacionales y reservas biológicas conllevará penas de dos a ocho años de cárcel.
Un régimen transitorio de 24 meses permitirá la explotación de oro a las cooperativas de Abangares mientras el Ministerio de Ambiente y Energía resuelve las solicitudes pendientes. (Fuente: Asamblea Legislativa Costa Rica)

Fuente: Infobae

Apoya el periodismo independiente

Sinpe 6334-5121 | Donar Aquí