Costa Rica implementa nuevo reglamento para etiquetado de carne cruda y vísceras

Costa Rica | Un nuevo reglamento técnico, el RTCR 512:2023, actualizará los requisitos de etiquetado para la carne cruda y vísceras comestibles en el país, abarcando tanto productos empacados como los que se venden en mostradores. Esta normativa, impulsada por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), entrará en vigor un año después de su publicación en La Gaceta, el diario oficial.

Durante el período de un año, el Decreto Ejecutivo N.° 33744 seguirá vigente, permitiendo que comercios, proveedores y autoridades se adapten a las nuevas disposiciones. La ministra del MEIC, María del Milagro Solórzano León, destacó que el objetivo es asegurar que la información sea clara, transparente y accesible para el público, independientemente de la modalidad de venta.

Costa Rica actualizará el etiquetado de carnes y vísceras para ampliar la información al consumidor (Foto cortesía MAG)

Entre los cambios más relevantes, el reglamento exige la identificación de la carne descongelada. También establece requisitos detallados para la declaración de ingredientes, sustancias que puedan causar alergias o hipersensibilidades alimentarias, aditivos, números de lote, fechas de vencimiento y el idioma de las etiquetas. Además, incorpora disposiciones específicas para las vísceras comestibles y adopta la Guía descriptiva de cortes de carne de res y cerdo en Costa Rica como referencia técnica para unificar la identificación de los cortes.

La actualización mantiene obligaciones ya existentes, como informar el país de origen, el tipo de corte, la especie animal, la fecha de vencimiento, las condiciones de conservación y el precio por kilogramo. También se deberá indicar si la carne ha sido sometida a procesos como marinado, adobado o tenderizado. El propósito es que los consumidores dispongan de información para distinguir las características de los productos y que las empresas cuenten con criterios definidos para cumplir la normativa.

La reforma del reglamento técnico también alcanza carnes empacadas y de mostrador, y entrará en vigencia un año después de su publicación en La Gaceta, mientras seguirá vigente el decreto actual. (REUTERS/Go Nakamura)

La fiscalización del cumplimiento del reglamento se dividirá entre el MEIC y el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), adscrito al MAG. El MEIC se encargará de verificar los requisitos de etiquetado y la información al consumidor, mientras que el SENASA supervisará los aspectos relacionados con la especie animal, el corte, el origen y la trazabilidad de los productos cárnicos.

Juan Gabriel Ramírez Guillén, ministro de Agricultura y Ganadería, afirmó que esta modificación normativa fortalece la transparencia, la trazabilidad y la confianza en la cadena de comercialización cárnica. Añadió que el SENASA continuará con sus funciones de fiscalización en coordinación con el MEIC, buscando establecer reglas comunes para productores, comercios y consumidores.

Un puesto de carnicería en Costa Rica ofrece diversos cortes frescos de res, cerdo y vísceras en ganchos y vitrinas. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Fuente: Infobae

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