Gobierno de Costa Rica establece precios máximos para 517 medicamentos con rebajas estimadas del 30%

Costa Rica | El Gobierno de Costa Rica ha fijado precios máximos de venta al consumidor para 517 productos farmacéututicos comercializados en el país. Esta medida, oficializada mediante el Decreto Ejecutivo N.º 45934-MEIC y publicado en el Diario Oficial La Gaceta N.º 179, busca corregir distorsiones en la formación de precios del mercado farmacéutico costarricense, según informó el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).

La disposición entrará en vigor el 23 de diciembre de 2026 y aplicará una reducción promedio estimada del 30% en aquellos medicamentos cuyo precio actual supere los nuevos límites establecidos. La regulación tendrá una duración inicial de hasta seis meses, durante los cuales las autoridades evaluarán el comportamiento de los precios y las condiciones de abastecimiento en el mercado.

Costa Rica estableció precios máximos de venta al consumidor para 517 productos farmacéuticos mediante un decreto que comenzará a aplicarse el 23 de diciembre de 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)

María del Milagro Solórzano León, ministra de Economía, Industria y Comercio, señaló que esta intervención es necesaria para proteger la economía familiar frente al alto costo de ciertos tratamientos médicos. Explicó que se trata de una medida temporal, técnica y focalizada, con el objetivo de que los consumidores paguen menos por medicamentos esenciales para su salud. Esta decisión se fundamenta en estudios de la Dirección de Análisis Económico y Comercial (DAEC) del ministerio, que identificaron problemas en la cadena de comercialización de fármacos.

La canasta de medicamentos regulados incluye 68 principios activos o combinaciones de estos, distribuidos en 142 agrupaciones farmacéuticas, lo que abarca 356 medicamentos específicos por concentración y presentación. Al considerar las diferentes marcas comerciales, el total de productos afectados asciende a 517. Entre los principios activos incluidos se encuentran atorvastatina, enalapril, levotiroxina, pregabalina, rivaroxabán, rosuvastatina, salbutamol y valsartán, utilizados en tratamientos para enfermedades cardiovasculares, alteraciones tiroideas y problemas respiratorios. Los consumidores deberán consultar el listado oficial para identificar los productos específicos sujetos a esta regulación, ya que la inclusión de un principio activo no implica que todas sus variantes estén reguladas.

El Gobierno estima reducciones promedio cercanas al 30 % en aquellos medicamentos cuyo precio actual supera los límites establecidos por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

La selección de estos medicamentos se realizó considerando su peso en el gasto privado, su importancia terapéutica, el impacto en el gasto de bolsillo de las personas, el perfil epidemiológico nacional y las condiciones de competencia del mercado.

El decreto no establece un precio único para cada medicamento, sino un límite máximo que las farmacias no podrán exceder. Esto permite que los establecimientos vendan productos por debajo de este tope. Las estimaciones del MEIC indican que los medicamentos actualmente por encima de los nuevos precios máximos experimentarían una reducción promedio cercana al 30%, aunque este porcentaje no es una rebaja generalizada ni garantiza que todos los 517 productos disminuyan en esa proporción. Se espera, además, que la competencia fomente ajustes adicionales en otros productos de las agrupaciones consideradas, manteniendo alternativas para los consumidores entre medicamentos genéricos e innovadores.

La regulación comprende 68 principios activos o combinaciones, distribuidos en 142 agrupaciones farmacéuticas que abarcan 517 productos de diferentes marcas comerciales. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Los precios máximos se establecerán por unidad (tableta, cápsula, frasco, tubo o dispositivo). En el caso de empaques con varias unidades, el precio máximo de la presentación completa se calculará proporcionalmente. La regulación también aplica límites en la cadena de comercialización, incluyendo la adquisición mayorista y la compra minorista, buscando intervenir en la formación del precio antes de que llegue al consumidor final.

El período de tres meses entre la publicación del decreto y su entrada en vigor permitirá a las empresas ajustar inventarios, procesos administrativos y sistemas. Este proceso de regulación incluyó una consulta pública entre el 27 de abril y el 12 de mayo de 2026, con la participación de actores del sector farmacéutico, seguida de mesas de trabajo y una verificación individual de más de 500 productos y sus precios en el mercado costarricense, con un monitoreo final en agosto de 2026.

Una vez implementada, la regulación hará que los nuevos precios sean obligatorios para todos los agentes económicos. El MEIC verificará el cumplimiento y mantendrá un monitoreo constante sobre la evolución de los precios y la disponibilidad de los productos, cuyos resultados determinarán si la medida se mantiene, modifica, prorroga o finaliza tras el período inicial.

Fuente: Infobae

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