Estados Unidos | La Corte Suprema de EE. UU. ha ordenado una nueva revisión del conflicto judicial relacionado con el Estatus de Protección Temporal (TPS) para ciudadanos venezolanos. Esta decisión se produce más de diez días después de que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis) suspendiera el beneficio.
El abogado de inmigración Jesús Reyes explicó que el máximo tribunal anuló una sentencia previa del Noveno Circuito que favorecía a los beneficiarios del TPS. El caso ha sido devuelto para una nueva revisión, lo que, según Reyes, no implica una nueva cancelación del beneficio por parte del Uscis, pero sí deja sin efecto un fallo judicial que respaldaba a los beneficiarios. La decisión revocada había establecido que la entonces secretaria del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), Kristi Noem, carecía de autoridad para anular una extensión de TPS vigente.

Ante este panorama, Reyes analizó tres escenarios para los venezolanos afectados:
1. **Venezolanos con solicitudes de asilo pendientes:** La cancelación del TPS no afecta la solicitud de asilo, que puede continuar su curso y ofrecer otras alternativas migratorias. Los solicitantes podrían mantener o pedir un permiso de trabajo basado en su asilo pendiente. Sin embargo, el abogado advierte que este trámite no confiere un estatus migratorio legal ni garantiza protección absoluta contra la deportación.
2. **Venezolanos con doble nacionalidad:** Poseer una segunda nacionalidad, incluso europea, no otorga beneficios migratorios en Estados Unidos ni evita la pérdida de la protección del TPS si no existe otra base legal. Si este grupo solicita asilo, enfrenta mayores dificultades, ya que debe demostrar temor de persecución en ambos países de nacionalidad y la imposibilidad de recibir protección en ninguno de ellos.

3. **Venezolanos cuyo único estatus era el TPS:** Este grupo es considerado el más vulnerable tras la decisión de la Corte Suprema y la suspensión del TPS vigente desde el 2 de octubre. Si no cuentan con otro estatus legal, quedan expuestos a procedimientos de deportación y pierden la autorización de empleo asociada a este beneficio.
El abogado Reyes indicó que las vías migratorias disponibles dependen de las circunstancias individuales de cada migrante. Entre las opciones a considerar se encuentran el asilo, peticiones familiares, visas de empleo u otros beneficios humanitarios. Subrayó que estas opciones no son universales y dependen de factores como la forma de entrada al país, el historial migratorio, los familiares y las circunstancias particulares de cada caso. Además, aclaró que haber tenido el TPS no garantiza la posibilidad de cambiar o ajustar el estatus migratorio.

Respecto a la salida voluntaria, Reyes señaló que no es una medida para solicitar de inmediato. Es una alternativa para quienes califican y desean salir de EE. UU. sin recibir una orden formal de deportación. Puede solicitarse ante las autoridades migratorias o un juez de inmigración, y requiere autorización para salir dentro de un plazo establecido, que puede ser de hasta 120 o 60 días, según el procedimiento. El defensor enfatizó que la salida voluntaria no elimina la presencia ilegal acumulada, la cual puede activar castigos de reingreso de tres o diez años. Por ello, recomienda una evaluación legal individualizada antes de cualquier nueva solicitud o decisión de salir del país.


Fuente: La Nación Argentina
Apoya el periodismo independiente
Sinpe 6334-5121 | Donar Aquí

