España | Los ayuntamientos españoles están llevando a cabo los sorteos para seleccionar a los miembros de las mesas electorales que participarán en las elecciones generales del 29 de noviembre. Estos sorteos se realizan entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre, y tras ellos, se iniciará el proceso de notificación a los ciudadanos elegidos como titulares o suplentes.
Cada mesa electoral estará compuesta por un presidente y dos vocales, además de sus respectivos suplentes, quienes deberán presentarse en el colegio electoral a las 8:00 horas del día de la votación. La selección de estas personas se efectúa mediante un sorteo público organizado por cada ayuntamiento, sin que dependa de una solicitud previa o de la voluntad de los electores.
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece que los ayuntamientos son los encargados de formar las mesas, bajo la supervisión de las juntas electorales de zona. Los seleccionados deben estar inscritos en el censo de la mesa correspondiente, saber leer y escribir, y tener menos de 70 años. Aquellos entre 65 y 69 años tienen la opción de renunciar al cargo durante el plazo establecido para presentar alegaciones.

La comunicación oficial de la designación se realiza mediante una notificación personal en el domicilio. En las ciudades, esta notificación suele ser entregada por Correos, mientras que en municipios más pequeños puede ser responsabilidad del personal del ayuntamiento o de la Policía Local. El ayuntamiento debe enviar esta comunicación en los tres días posteriores al sorteo, incluyendo un manual con las instrucciones para el desempeño de las funciones.
Las primeras notificaciones pueden llegar desde finales de octubre y extenderse hasta el 7 de noviembre, dependiendo de la fecha del sorteo en cada municipio. La carta debe especificar el cargo asignado y la mesa a la que el ciudadano debe acudir el 29 de noviembre, además de informar sobre la posibilidad de presentar alegaciones ante la Junta Electoral de Zona si existe una causa justificada.

Aunque algunos consistorios publican los resultados del sorteo en sus sitios web o habilitan herramientas de consulta, no existe un buscador estatal único para verificar todas las designaciones. Por ello, se recomienda consultar los canales oficiales del ayuntamiento y revisar la fecha del sorteo en la localidad de residencia. La publicación de listados municipales sirve como orientación, pero no reemplaza la comunicación formal, ya que el nombramiento surte efecto una vez recibida la notificación, momento en que se abre el plazo para presentar una alegación documentada.
Si el destinatario no se encuentra en el domicilio al momento de la entrega, se pueden realizar nuevos intentos o dejar un aviso para retirar la comunicación. Evitar la entrega o no recoger un aviso no exime de la obligación si la designación ha sido debidamente registrada. Los cargos de presidente y vocal son obligatorios, y la LOREG otorga un plazo de siete días para presentar una causa justificada y documentada ante la Junta Electoral de Zona, que debe resolver en cinco días. Las razones como viajes, motivos laborales, familiares o de salud se evalúan individualmente y requieren documentación.

Si el impedimento surge después del plazo inicial, la persona designada debe notificar a la Junta Electoral de Zona al menos 72 horas antes de la constitución de la mesa. La normativa contempla sanciones de prisión de tres meses a un año o multas de seis a 24 meses para quienes no acudan o abandonen sus funciones sin una causa legítima. Estas elecciones anticipadas fueron convocadas por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tras el rechazo del Congreso a decretos gubernamentales clave sobre vivienda.
Fuente: Infobae
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